Ley 30-26 no grava suscripciones digitales de personas físicas

Hacienda aclara que Ley 30-26 no impone impuestos a suscripciones digitales

El Ministerio de Hacienda y Economía explica el alcance de la reducción fiscal para pagos a proveedores extranjeros

Santo Domingo, 22 de junio de 2026.— El Ministerio de Hacienda y Economía de la República Dominicana aclaró que la Ley 30-26, que entró en vigor recientemente, no establece impuestos sobre suscripciones a plataformas digitales contratadas por usuarios individuales. La norma reduce del 27 % al 15 % la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) para pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores extranjeros por conceptos como licencias de software, regalías, publicidad digital y servicios en la nube.

Esta medida, que busca apoyar la competitividad de las empresas locales que utilizan servicios tecnológicos internacionales, ha generado confusión en redes sociales, por lo que las autoridades enfatizaron que no afecta a consumidores particulares.

Reducción fiscal para pagos entre empresas y proveedores extranjeros

La Ley 30-26, denominada “Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional”, modifica la tasa de retención que las empresas dominicanas deben aplicar al pagar servicios digitales y otros derechos a proveedores no residentes.

Hasta antes de la reforma, estos pagos estaban sujetos a una retención del 27 % sobre el Impuesto sobre la Renta. La nueva disposición reduce esta tasa a un 15 %, acercándose a los estándares fiscales de otros países en la región y generando un alivio para las compañías locales.

El Ministerio aclaró que esta retención es aplicada únicamente en el contexto de relaciones comerciales entre empresas y proveedores extranjeros, siendo las primeras las responsables de actuar como agentes retenedores al momento de realizar el pago.

“Esto representa un alivio para las empresas locales y nos coloca en niveles similares a los de otros países de la región”, señaló Hacienda.

No afecta a consumidores ni a servicios digitales personales

El Ministerio de Hacienda y Economía enfatizó que los impuestos y retenciones que establece la Ley 30-26 no aplican a las personas físicas que contratan servicios digitales como suscripciones a plataformas de entretenimiento, aplicaciones móviles o servicios en la nube de uso individual.

En consecuencia, los usuarios particulares no deben preocuparse por incrementos fiscales derivados de esta ley, pues está enfocada exclusivamente en las operaciones comerciales entre empresas y proveedores extranjeros.

Las autoridades invitaron a la ciudadanía a consultar la información oficial y detallada sobre la ley en los canales del gobierno, incluyendo el sitio web oficial de la Presidencia de la República Dominicana, donde está disponible el texto completo de la Ley 30-26.

Para más detalles sobre regulaciones fiscales y económicas, se recomienda consultar fuentes oficiales como la página del Ministerio de Hacienda y Economía.


La aclaración del Ministerio responde a la necesidad de transparentar las modificaciones fiscales recientes y evitar desinformación en el público sobre el impacto real de la Ley 30-26. Esta medida forma parte de un esfuerzo mayor por simplificar el régimen tributario y fortalecer la economía dominicana en el contexto internacional.

Fuente de la imagen: https://presidencia.gob.do/noticias/ministerio-de-hacienda-y-economia-aclara-que-ley-30-26-no-dispone-impuestos-por